TALONARIOS DE CHEQUES
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martes, 10 de diciembre de 2013
sábado, 24 de agosto de 2013
REGLAMENTO
INTERNO DE USO DE DEPENDENCIAS
CONDOMINIO
ALBORADA
Capítulo I De los
Fundamentos
Art 1.- El presente Reglamento se fundamenta en la Ley de
propiedad horizontal y en su reglamento en el art. 915 del Código Civil.
Art 2.- El presente reglamento contiene normativas de
carácter obligatorio para todos los copropietarios, arrendatarios, usuarios y
ocupantes de los diferentes departamentos, dependencias, zonas comunes,
estacionamiento y demás partes que conformen las Torres del Condominio la
“Alborada”.
Art 3.- Igual obligatoriedad se considera para terceras personas que adquieran, por
cualquier título, los departamentos de las Torres del Condominio Alborada,
quienes además quedan, automáticamente conformando el conjunto de
copropietarios y se sujetan a todas las disposiciones legales y reglamentos
existentes.
Para el cumplimiento
de esta disposición, en los contratos por medio de los cuales se transfiera el
dominio, uso o posición de cualquiera de los departamentos de las mencionadas
Torres, se incorporarán a ellos el presente reglamento.
CAPITULO II DE LAS OBLIGACIONES Y DERECHOS
Art. 4.- Todo copropietario a cuyo nombre conste el dominio
de posesión de los departamentos de las Torres, o las personas que los representen
o hagan sus veces, por cualquier título, están obligados a pagar el valor de
los gastos comunes, determinado por la dirección, en relación con la cuota
correspondiente. Este pago debe ser hecho por anticipado, en los primeros diez
primeros días de cada mes.
Cualquier pago realizado con posterioridad a los diez días,
deberá pagar una multa del 10% del
valor. Según Art 5 Ley de Copropiedad Inmobiliaria.
Art 5.- Si un copropietario o las personas que los
representen o hagan sus veces, por cualquier título dejaren de pagar las cuotas
de condominio por más de dos mensualidades seguidas, se procederá a la
suspensión de los servicios de luz correspondiente a su departamento, sin
perjuicio de las acciones establecidas en los Arts. 2014 y 2018 del Código civil
y 13 y 15 de la Ley de Propiedad Horizontal y su Reglamento. Al iniciarse el
tercer mes, no se le permitirá pagar la deuda en forma parcial, debiendo pagar
los tres meses de una sola vez, caso contrario se procede a suspender el
servicio eléctrico que se suministre a la respectiva vivienda de acuerdo a la
Ley de Copropiedad Inmobiliaria en sus
Art 5 y 6.
Art 6.- Es obligación
de los copropietarios establecido en el Título II, Art 20 de la Ley de
Copropiedad Inmobiliaria donde indica
que debe asistir a la reuniones en forma
personal o estar debidamente representado por una persona a través de un poder
simple, debe notificar con anticipación
en el caso de que no pueda asistir para considerar la justificación, en el caso
de no asistir y no estar representado se procede a cobrar una multa de 1 UF.
Art 7.- Los copropietarios de los distintos departamentos
podrán realizar adecuaciones en el interior de los mismos, sin necesidad de
autorización del Directorio, siempre que las adecuaciones no alteren su estructura
que causen perjuicios a los demás departamentos o dependencias comunales. Título II, Art 32 Ley de Copropiedad
Inmobiliaria.
Art 8.- Si las adecuaciones internas implican modificación o
cambios en las instalaciones eléctricas,
de agua o de cualquier otra naturaleza, deberán ser sometidas a consideración
del Directorio del Condominio, quien pedirá el criterio técnico del área
correspondiente, establecido en la Ley de Copropiedad Inmobiliaria en el Título
II, Art 36.
Art 9.- Las adecuaciones exteriores del Edificio, como la
fachada o todas aquellas que incluyan servicios comunales o espacios de uso y
propiedad común, deberán tener autorización de una asamblea especial de
copropietarios.
Art 10.- Cualquier trabajo señalado en los dos últimos
artículos anteriores en relación con las obras, deben ser hechas en horario
adecuado desde 10:00 am hasta 18:00 de lunes a viernes y sábado de 10:00 a 14:00 hrs.
Art 11.- Si por alguna razón de estas obras produjese un daño
en cualquier parte de la(s) Torre(s) o departamento, el que ordenare o
realizare la obra, está obligado a pagar, en forma exclusiva, el valor de los
gastos que requiera la reparación de los daños.
Si la persona que ordeno hacer el trabajo o la obra se negare
a pagar los daños mencionados, el cobro se hará por medio del Administrador de
las Torres, previa presentación de los correspondientes comprobantes o
facturas, sin perjuicio de la acción legal que corresponda.
CAPITULO III USO Y ARRIENDAMIENTO
Art.- 12 El arrendatario o corredor de propiedades deberá cumplir con las normas establecidas en
el presente reglamento, prestando al Directorio del Conjunto Residencial el
protocolo de arrendamiento, que contiene información básica del grupo familiar
que arrienda el inmueble, datos del vehículo.
Establecer si el arrendatario queda autorizado para asistir a asambleas
de Copropietarios. Es deber de los propietarios entregar a los arrendatarios
las exigencias internas del condominio, como el
reglamento.
Art.- 13 Responsabilizar al arrendador de su sometimiento
absoluto a las normas, reglamentos y deberes establecidos en el condominio. Por
lo tanto no se aceptarán arrendatarios de
mala conducta, que demuestren actitudes de violencias, conductas
contrarias a las leyes y buenas costumbres y al orden público. Según
establecido en la Ley de Copropiedad Inmobiliaria Título II, Art 32 y 33.
Art.- 14 En el caso de
que el arrendatario presente dos
amonestaciones, será causal para solicitar al propietario la desocupación del
departamento con previa notificación al Juzgado de la Policía Local si fuere
necesario Título II, Art 32 Ley de Copropiedad Inmobiliaria.
Art.- 15 El término del contrato de arrendamiento deberá ser
informado a la administración e indicar
la fecha de retiro de especies por parte del arrendador. Los horarios
destinados para ello son: lunes a sábado
10:00 a 18:00 hrs.
Art.- 16 La administración no se hace responsable del retiro
de especies si no han informado el término del contrato y la fecha de su
desalojo.
Art.- 17 No se permiten en los departamentos la instalación o
el uso de los mismos como talleres, fabricas, clubes o centro de diversión y/u
otras prestaciones de servicios.
Art.- 18 Queda
estrictamente prohibido y será causal de desalojo y multa por parte de la
administración del Condominio: Gritos y uso de lenguaje soez en forma
desproporcionada, la provocación de daños y molestias a otros residentes,
actitudes que atenten contra la moral y las buenas costumbres, el hacer caso
omiso a los llamados de atención por parte del personal de administración o de
los conserje cuando lo amerite ante la denuncia de un copropietario, el consumo
de bebidas alcohólicas en forma desproporcionada, el consumo de drogas o
tóxicos y todas aquellas sustancias que sean usadas como estimulantes, presencia
de animales y cualquier falta contemplada en el reglamento de Copropiedad.
Art.- 19 Debido al incumplimiento de alguna de las reglas
anteriormente mencionadas la administración aplicará una multa de 1 UF, la que
será cargada en los respectivos gastos comunes del residente responsable.
CAPITULO IV DE LAS AREAS SOCIALES Y COMUNALES
Art.- 20 Son
áreas comunes y sociales del Condominio Alborada la sala de eventos, sala de
reuniones, zona de juegos para niños, áreas de ingreso, estacionamientos y
acceso a bodegas.
Art 21.- La sala de eventos podrá ser usada todos los días:
Lunes a Jueves en horario de 10:00 hasta las 24:00 horas; Viernes - Sábado y
Festivos de 10:00 hasta 2:00 am en forma continua. El arriendo tendrá un costo
de $ 10.000 pesos por 4 horas, y $5.000.- por hora adicional . Por otra parte
se detallan algunas reglas complementarias al uso del recinto: Su uso será
exclusivo para los residentes, quienes deberán reservarla con por lo menos
cinco (5) días de anticipación, anotándose en el libro que llevará para esto
efectos de la administración, pagando en forma anticipada el valor. Se deberá
cancelar una garantía adicional por el valor inicial al momento de la reserva
previa verificación por posibles daños, falta se aseo o pérdidas en el uso del
equipamiento de la sala (mesas, sillas, refrigerado, cocina y servicios). Los
cuales pueden invitar a un número máximo de 40 personas. El copropietario debe
entregar una lista de invitados en conserjería, con la finalidad de controlar
el acceso y salvaguardar la seguridad del condominio y de los bienes del
recinto. No se puede hacer uso de la sala para realizar asados ya que su
estructura no está confeccionada para tal fin, tampoco se permitirá hacer fuera
de la misma.
Art.- 22 Debido al incumplimiento de alguna de las reglas
anteriormente mencionadas la administración aplicará una multa de 1 UF, la que
será cargada en los respectivos gastos comunes del residente responsable.
Art 23.- Cualquier daño causado al interior de la sala de
evento ya sea en sus habilitaciones o en
sus bienes muebles, serán valorizados por la administración y debitado del
monto de la reserva, en el caso de que sea superior al valor de la garantía
debe ser cancelado por los responsables en un plazo no mayor de cinco días
desde la fecha del deterioro, o éstos serán aumentados con una multa
equivalente al 10% mensual por cada mes de atraso.
Art 24.- Queda estrictamente prohibido el ingreso de alcohol
y/o personas en estado de ebriedad al Parque Infantil en cualquier horario,
siendo causal de multa y
levantamiento de amonestación quedando archivado en la carpeta del departamento
donde las personas vivan o se encuentren de visita.
CAPITULO V DE LOS ESTACIONAMIENTOS Y ASCENSORES
Art.-25.- Corresponde a cada departamento un puesto de
estacionamiento, cuya identificación consta en el respectivo contrato de
adjudicación.
Art 26.- Ningún copropietario puede ocupar el puesto de
estacionamiento que corresponda a otro, se adquiere traba-neumático, aun cuando
se encontrare vacío. Igualmente ningún copropietario podrá introducir al área
de estacionamiento más de un vehículo, que deberá ser cumplido incluso por
invitados y/o arrendatarios
Art 27.- La administración aplicará multar al residente
responsable con 1 UF, por estacionar en el puesto de estacionamiento que no sea
de su propiedad, la que será cargada en
los respectivos gastos comunes. Por otra parte, la administración queda
facultada para requerir el apoyo de la autoridad competente para el retiro,
infracción o traslado de los vehículos infractores (Inspección municipales,
carabineros).
Art 28.- La administración no se responsabiliza por robos,
hurtos o daños en los vehículos
estacionados en el condominio, que no cumplan con las normas mínimas de
seguridad.
Art 29.- En los departamentos y estacionamiento no se
permitirá la instalación ni uso de talleres, fábricas, almacenes, casa de
pensión, u hospedaje, clubes, centros de diversión (Art. 17, anterior).
Art 30.- No estará permitido lavar vehículos, alfombras o
cualquier otro objeto o artefacto en los pisos
de estacionamiento.
CAPITULO VI VISITAS
Art 31.- La visitas y/o personas ajenas al condominio solo
ingresaran presentando su carnet de
identidad en conserjería y posterior registro en libro de visitas.
Art 32.- No ingresarán después de las 02:00 de la madrugadas
visitas que vengan en estado etílico y con alcohol en las manos aunque estén
acompañados del copropietario. Para resguardar el orden y el descanso de los
residentes.
Art 33.- Las visitas no pueden hacer uso de los espacios de
uso común cuándo estén utilizando la sala de eventos.
Art 34.- Las visitas que presenten conductas no acordes
durante su permanencia o no cumplen con las normativas establecidas, serán
registrados en el cuaderno de eventualidades quedando sin autorización para
ingresar al condominio.
CAPITULO VII RETIRO DE BASURA
Art.- 35 La basura generada por cada departamento debe ser
eliminada directamente por el ducto de basura en bolsas plásticas bien cerradas.
Debe evitarse verter líquidos que puedan filtrar y contaminar las dependencias
o produzcan derrames en los contenedores.
Art 36.- Es obligación separar los envases de: vidrios, cajas
de cartón, diarios u otros elementos, los cuales se disponen en el cuarto de
reciclaje para ser retirado diariamente por el personal de servicio. También
está terminantemente prohibido arrojar por los ductos elementos contundentes,
(vidrios, escombros, madera, etc.). Ya que esto puede provocar accidentes
graves al personal.
CAPITULO VIII VENTANAS Y ESCALERAS
Art 37.- No se permite modificar, ensanchar la estructura de
las ventanas, exceptuando aquellos que apliquen a conceptos de seguridad de las
personas o niños (instalaciones de mallas de seguridad) no se permite
instalación de estructuras metálicas.
Art 38.- No se pueden colgar ropas, alfombras, toallas en las
barandas y/ o ventanas de la fachadas del edificio, colocar lonas, materiales
plásticos o de cualquier índole que alteren el diseño original del edificio.
Art 39.- No se permite colocar antenas, ni maceteros o
elementos pesados en las ventanas, ya que son elementos pesados que se pueden
desprender y caer provocando un accidente a los pisos inferiores o transeúntes.
Tampoco los cables de antenas de radio o
televisión por cualquier fachada o schafts de ventilación.
Art 40.- Se prohíbe estrictamente por seguridad lanzar
cigarros encendidos y/ o apagados, ni
objetos desde las ventanas o escaleras ya que pueden causar incendios y otro
tipo de daño a terceros. Al fumar en las
escaleras deben botar las colillas de cigarrillos en otro lugar antes que dejarlo
en el piso de las escaleras o en su efecto llevarse un cenicero o algún objeto
que le permita mantener limpio el lugar donde fuma (AGREGAR VALOR MULTA).
CAPITULO XI ACTIVIDADES DEPORTIVAS Y JUEGOS
Art 41.- Dentro de los
edificios no está permitido realizar deportes de conjunto como: futbol,
voleibol o baloncesto. Igualmente la práctica de bicicleta, patines o patinetas
por el riesgo de atropello o accidente. Menos en las áreas de estacionamiento,
por posibles accidentes que se puedan producir.
Art 42.- El comité de administración faculta plenamente al administrador
para hacer cumplir este reglamento en todos sus artículos y tomar las acciones
pertinentes para denunciar y solicitar la acción de la autoridad competente y
de ser necesario el uso de la fuerza pública en resguardo de la buena
convivencia, seguridad y bienestar de todos los residentes del condominio.
Art 43.- El presente reglamento podrá ser modificado por la
asamblea de reunión ordinaria, en su totalidad o en cualquiera de sus
artículos, según lo disponga la mayoría de los presentes.
Art 44.- Se procederá a multar a los dueños de departamentos
que siendo informados debidamente con anticipación no participen de las
reuniones ordinarias establecidas por la administración, es obligatorio de cada
copropietario asistir a las reuniones del condominio donde se traten temas de
interés común. El cargo por inasistencia será de 1 UF la cual se cargará en los
gastos comunes del residente. Pueden presentar excusas con 48 horas de anticipación;
según lo ya expuesto en el Artículo n° 06.
CAPITULO XI MULTAS
Art. 45.- Todas las infracciones que impone el presente
reglamento o la Ley que regula la materia, serán sancionados con multas a
beneficios de todos los copropietarios. El producto de estas multas será
percibido por el administrador, quien lo agregará al fondo de reserva del
condominio. Para la aplicación y cobro de la multa será necesario que el
administrador haya dado aviso de la infracción al Comité de Administración y
Vigilancia la que decidirá sobre la procedencia y monto de la misma.
ACTA ASAMBLEA JUNTA DE VIGILANCIA
CONDOMINIO ALBORADA
En Iquique a 20 de julio del 2013, siendo las
16:27 horas, en Segunda Citación, se abre la sesión de la Segunda Asamblea Extraordinaria
del Condominio Alborada, localizado en
la comuna y ciudad de Iquique, en Avenida la Tirana N ° 4450; Condominio
compuesto por dos edificios cada uno de 120 departamentos.
Asamblea que contó con la asistencia de los
propietarios de los departamentos que a
continuación se detallan, que procedieron previamente a firmar el Libro de Asistencia:
- Torre I departamentos: 201 – 205 – 207 – 208 – 302 – 306 – 308 – 402 – 403 – 407 – 508 –
601 – 605 – 804 – 808 – 901 – 902 – 904 – 905 – 1001 – 1007 – 1102 – 1104 –
1108 – 1206 – 1305 – 1407 – 1501 – 1502 – 1507 – 1602 – 1604.
- Se
excusan por no poder asistir: 701 apoyando cualquier moción que la mayoría tome
en esta reunión.
- Torre
II departamentos: 201 – 301 – 306 – 402 – 408 – 501 – 504 – 507 – 606 – 608 –
704 – 708 – 803 – 808 – 905 – 906 – 1001 – 1006 – 1007 – 1008 – 1102 – 1107 –
1108 – 1203 – 1204 – 1303 – 1307 – 1308 – 1401 – 1406 – 1408 – 1501 – 1503 –
1508 – 1601 – 1603 – 1608.
- Se
excusan por no poder asistir: 807 – 901 – 902, apoyando cualquier moción que la
mayoría tome en esta reunión.
El Sr. Tesorero comienza esta reunión con la
lectura del acta anterior y al terminar toma la palabra la Sra. Presidenta
haciendo alusión al último punto en donde se pidió aclarar los diferentes
montos que se cobraron por concepto de Inspección de Gases y comenta que la
Sra. Gladys Ponce solicitó por escrito a esta Junta y a la Sra. Jenny Moses,
una carta pidiendo disculpas por la “calumnia” levantada en esa reunión a la
Constructora Icaraí o a cualquiera de los 5 funcionarios que en el periodo se
encontraban trabajando. La Sra. Presidenta leyó la carta solicitada por la Sra.
Ponce y reiteró que la única intensión de hacer la consulta era aclarar el tema.
Los presentes aprueban la carta y comentan que ellos entendieron que solo era una
consulta y no una acusación; de todas formas se les explica que todo esto se
podría haber evitado si la Administración anterior hubiera dejado como
corresponde los talonarios de ingresos que corresponden al periodo anterior,
como se ha solicitado en varias oportunidades. La Sra. Presidenta agradece los
comentarios y se procede a continuar la reunión según la tabla enviada.
1. Se
presenta a don José González (nuevo
técnico de los ascensores, Empresa Alpha), quien detalla su informe en
powerpoint con fotografías de apoyo donde concluye que los equipos son de buena
calidad y eran nuevos pero que la instalación no fue la mejor. Pide la palabra
un asistente comentando que un familiar que lo visitó en una oportunidad le
hizo el mismo comentario; otro comentario es que con todo el tiempo que se pago
una mantención que no se realizó bien tendríamos dinero suficiente para comprar
ascensores nuevos; otro de los presentes propone una acción legal en contra de
quienes resulten responsables de esta mala instalación y mantención. La Sra.
Auyon pregunta por las bitácoras, lamentablemente ese registro tampoco fue
dejado por la Administración anterior, solo se cuenta con la bitácora desde
abril de este año a la fecha.
Una propietaria comenta que
se trato de coordinar reuniones con la Administración anterior y la
Constructora, pero que nunca se logro nada y la idea era hacer mejoras, las que
debemos hacer ahora ya que lamentablemente la Constructora se ha desligado de
esto.
El Sr. González continua
diciendo que lo mas importante en estos momentos es instalar los pesa cargas en
los equipos, los presentes hacen consultas por anomalías percibidas mientras se
hace uso de los ascensores; se termina de comentar que los ascensores hay que
repararlos para que tengan un mejor funcionamiento y que solo es recomendable
hacer uso de ellos con 600 kg y 5 personas por viaje.
Se solicita nuevamente
realizar una demanda legal en contra de la Constructora, pues en las
condiciones que se encuentran los equipos afortunadamente no ha ocurrido un accidente
mayor, solo personas que quedan atrapadas. El Sr. González recomienda pedir la visita de un Fiscalizador
Nacional Calificado (a quién ya se le envió el informe que se está exhibiendo
en esta asamblea) y con su informe de la visita tomar la medida solicitada.
Según la información obtenida por una propietaria en los documentos que la
Dirección de Obras Municipal mantiene en sus archivos, la instalación de los
ascensores la firma don Manuel Santibáñez, técnico electrónico que tenía a
cargo la mantención anterior, en conversación con él nos reitera que sí
mantenía una bitácora y que siempre estuvo en Conserjería, hasta el cambio de
Administración. Se comenta también de los moradores que muchas veces se han
referido con malas palabras a los funcionarios (Administradora, Conserjes,
Personal de Aseo) y miembros de la Junta de Vigilancia por los inconvenientes
que representa estar sin ascensores, se solicita multa para esas personas.
El Técnico también nos
comenta que en sus visitas ha encontrado puertas abiertas de los ascensores en
varios pisos, lo que significa que debe ser un adulto quien las abre (por la
altura donde se encuentran las chapas para abrir las puertas en forma manual) y
representa un peligro para los niños. Se informa que las señaleticas en los
ascensores se mandaran hacer y se instalaran, indicando el peso y capacidad
máxima. Se realizaran las reparaciones, la fiscalización y luego los trámites
legales.
En cuanto al Generador se
espera la visita del Técnico de Atlascopco en estos días y se leerá el informe
respectivo en la próxima asamblea, se hace mención que en el último corte
programado por Elicsa el equipo no funcionó en forma correcta (alimenta con
energía solo a la Torre I y no a la Bomba Hidropack ni a la Torre II).
2. Se presenta y da la palabra al representante
de la empresa SISEL, quienes hacen la exposición de su sistema de cámaras de
seguridad por medio de un powerpoint con la propuesta de 16 cámaras, con
garantía de 1 año y además con un sistema de adicional de sirenas de alarmar
que puede ser activado desde la sala de conserjería si fuera necesario más la
capacitación al personal que operara el sistema. Presenta los equipos y plantea las diferencias con cámaras Zofri.
El valor por cada departamento es de $19.436,67.- (diecinueve mil cuatrocientos
treinta y seis mil, sesenta y siete pesos), dejando una suma de $20.000.-
(veinte mil pesos) para redondear el valor. Se aprueba este presupuesto
solicitando que sea lo antes posible y se establece que el pago sea en 1 ó 2
cuotas, según disponibilidad de cada propietario, comenzando el mes de agosto y
septiembre.
3. De
acuerdo a lo conversado y en vista de muchas consultas realizadas en reuniones
anteriores, se informa que no existe, a la fecha, entrega de documentación histórica
(planos, bitácoras, talonarios ingresos gastos comunes, etc.) solicitada a la
Empresa Constructora en el traspaso de la Administración, solicitud que se ha
hecho en asamblea directamente a su representante legal y por escrito (correos
electrónicos enviados por la nueva administración).
4. De
las Multas, los presentes piden una reunión extraordinaria para tratar solo
este punto, se solicita que sea el día 24 de agosto, en este mismo horario.
5. Se
informa que se solicitó la devolución del Decreto Ley 889, trámite que se debe
relizar la Empresa Constructora Icaraí, quienes administraron hasta el mes de
febrero del presente año, la suma que se entrego a esta Administración por parte de la Sra. Gladys Ponce Navarrete,
como representante legal de la Constructora, asciende a la suma de $5.000.000.-
(Cinco millones de pesos), la semana pasada; este dinero debe ser reservado
para gastos de sueldos y finiquitos.
6. En
lo referente a la antena de telefonía móvil que se encuentra en la azotea de la
Torre I, se informa que la Constructora realizará el traspaso del dominio de
propiedad de la azotea a esta Comunidad para así poder percibir el dinero por
concepto de arriendo que recibe hasta ahora Icaraí, se realizará el traspaso
notarial y el valor del arriendo que corresponde al año en curso. Además al
renovar el contrato se recibirán $11.000.000.- (Once millones de pesos) por
pago adelantado, recursos que irán directamente para reparaciones y mejoras
necesarias. En este tema la Sra. Rosa Abarzua deja en claro su oposición al
tema, por el fin de lucro que esto representa, pero apoya a la mayoría, también
hace notar que el servicio que presta la empresa es pésimo y apoya la instancia
de negociar con otra empresa si se presenta la oportunidad. Otro asistente
también expone que se opone a esta antena, que no da la seguridad, pero si es
por votación acata a la mayoría. Se propone negociar para el próximo año y ver
si se logra un incremento en el monto que se recibirá.
7. En
puntos varios se comenta:
- Que el estacionamiento 188 (depto 1401, Torre
I) hace limpieza de su vehículo y deja basura en áreas comunes.
- Se
pide redactar una carta a la Rectoría de INACAP donde se exponen los problemas
que generan los estudiantes que estacionan sus vehículos al costado de nuestra
comunidad bebiendo y provocando ruidos molestos, solicitando tomar las medidas
pertinentes (por calle La Tirana, costado Torre I).
- De
los vehículos “abandonados” en las inmediaciones de nuestra comunidad se
informa que hace 1 mes se sacaron 3 de estos
vehículos, pero ya se encuentran ubicados 2 autos nuevos.
- Se
solicita tomar una persona par time para realizar la limpieza externa y de
áreas comunes una vez por semana (mínimo).
- Ubicar
en accesos de vehículos plantas y/o arboles para hacer más grato el ambiente,
sacar los autos que se estacionan en vereda peatonal ubicada en calle
Proyectada. Hacer una petición formal a CONAF para solicitar cooperación.
- Cambiar
luminaria exterior (Avda. La Tirana), para evitar malos ejemplos para niños y
jóvenes de nuestra comunidad.
- Se
propone contratar personal para realizar rondas en las tardes por zonas de
estacionamientos, por fuera no se puede por ser una calle de servicios pública.
- Se
consulta por los accesos, si solo se puede ingresar por los establecidos, hasta
ahora se tendría que reprogramar los controles.
- De
los seguros de áreas comunes, el que más conviene es MANFRED, tiene para cubrir
todas las áreas comunes.
- Uno
de los asistentes retoma el tema de la mala instalación de los ascensores,
siente que hubo un aprovechamiento de parte de la Administración anterior para
con nosotros, exige una demanda.
- Se
comenta referente a los arrendatarios, debemos ser fiscalizadores ante las
malas prácticas y apoyar a la nueva Administración en este tema.
- Se
informa de ruidos molestos de instrumentos musicales (batería) en el piso 7 de
la Torre I, existe audio de respaldo, se solicita esperar Reglamento Interno
para aplicar multas.
- Se
agradece a este Comité y Administración los avances, logros y atención en busca
de las respuestas y soluciones de problemas.
Se agradece la asistencia a
los presentes y su fluida participación, también sus comentarios de apoyo, todo
para seguir avanzando por el bien común.
Se finaliza esta
asamblea a las 19:15 hrs.
Salomé Mellado
Blanco
SECRETARIA
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Jenny Moses Harris
PRESIDENTE
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Ricardo Gática Oviedo
PRO TESORERO
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Oscar Concha Gómez
TESORERO
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Susana Chaparro Acuña
ADMINISTRADORA
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sábado, 10 de agosto de 2013
ACTA ASAMBLEA JUNTA DE VIGILANCIA
CONDOMINIO ALBORADA
En Iquique a 27 de abril del 2013, siendo las
18:21 horas, en Segunda Citación, se abre la sesión de la Primera Asamblea Extraordinaria
del Condominio Alborada, localizado en
la comuna y ciudad de Iquique, en Avenida la Tirana N ° 4450; Condominio
compuesto por dos edificios cada uno de 120 departamentos.
1. Asamblea
que contó con la asistencia de los propietarios de los departamentos que a continuación se
detallan, que procedieron previamente a firmar el Libro de Asistencia:
- Torre I departamentos: 201 – 205 – 206 – 208 – 305
– 308 – 403 – 605 – 704 -801 – 804 – 901 – 902 – 905 – 1001 – 1005 – 1006 –
1101 – 1102 – 1105 – 1108 – 1205 – 1305 – 1501 – 1507 y 1602.
- Se
excusan por no poder asistir: 1506 – 1603, apoyando cualquier moción que la
mayoría tome en esta reunión.
·
Torre II departamentos: 201
– 301 – 306 – 501 – 502 – 504 – 507 – 608 – 705 – 708 – 904 – 905 – 906 – 908 –
1008 – 1101- 1204 – 1205 – 1301 – 1307 – 1308 – 1401 – 1406 – 1407 – 1408 –
1503 – 1508 – 1603 – 1607 y 1608.
- Se
excusan por no poder asistir: 807 – 901 – 1105 – 1505, apoyando cualquier
moción que la mayoría tome en esta reunión.
2. La
Sra. Gladys Ponce interviene para comentar que no es necesario que sea la
Secretaria de la Junta quien tome las actas de cada asamblea, que se puede
elegir dentro de los presentes a un/a Presidente/a y Secretario/a para estos
efectos, se consulta a la Asamblea no proponiéndose nadie y a mí, contestando
que no tengo ningún problema en hacerlo, continua la reunión, siendo la Sra.
Ponce nuevamente quien pide que se lea el Acta de la Asamblea Ordinaria
anterior, siendo esta una reunión extraordinaria se hace mención que no es la
ocasión pero para tranquilidad de todos los presentes don Ricardo Gática
procede a leer quedando aprobada por los presentes sin observación alguna.
Se
le consulta a la Sra. Gladys por el reclamo que ella presente a la empresa
Eliqsa, por el reclamo ante los problemas que hemos tenido con los ascensores
por los cortes de luz, lamentablemente la empresa solo provee de los servicios
y no se hace responsable por estos problemas. Ante este problema la Sra. Auyon
(Torre I) comenta que al ser recurrente este problema debemos contar con los
seguros correspondientes de las áreas comunes. La Sra. Ponce se ofrece a traer
la pieza que hay que cambiar del ascensor aprovechando su viaje a Santiago.
Sra.
Presidenta presenta un power point breve del estado de los ascensores y copia
del cheque entregado al Técnico, los problemas que hay que resolver. En estos
momentos se está realizando una mudanza y se están ocupando los 2 ascensores
para esto, se pide nuevamente que todos seamos responsables de los equipos en
las áreas comunes.
Uno
de los presentes informa que existe el Art. 25 de la Ley del Consumidor y de
acuerdo a esta información se realicen las consultas nuevamente a la empresa
Eliqsa. La Sra. Auyon reitera que los niños le dan un mal uso a los ascensores
(juegan y dejan sucio con sus patinetas) y la propietaria del depto. 1603
confirma que así sucede e incluso con bicicletas; Sra. Presidenta comenta un
episodio similar que le toco vivir con un grupo de niños y otro propietario
comenta que también se cruzan en el estacionamiento y en la calle (utilizan el
acceso por portón de la Calle La Tirana como rampla de juegos). Se acuerda que
la conversación y reclamo se hará a los padres por escrito y en persona. Existe
la preocupación de una menor en la Torre II – 2do piso que sale por la ventana
del departamento y recorre el borde de su departamento. Se hace hincapié que el
proceso de aprendizaje de los niños comprende en establecer parámetros para
visualizar los problemas y soluciones de estos.
3. Se
presenta a doña Susana Chaparro Acuña, nueva Administradora, se le da la
palabra para dirigirse a los presentes. En su experiencia en la administración
de condominios dice que los ascensores se deterioran por exceso y mal uso estos
mismos. Hace una presentación de la forma en que ella maneja el organización
del respaldo de los Gastos Comunes y reitera las formas de pago, se compromete
a velar por el buen funcionamiento de las áreas comunes. Informa a la Asamblea
que el administrador anterior no ha hecho entrega de ninguna documentación,
solamente 4 hojas de cuaderno donde aparecen los departamentos que están
pendiente en sus gastos comunes desde enero, que se le ha visto que viene a
conversar con los funcionarios y hace comentarios que no corresponden. Informa
que se hará efectivo el corte de luz para los departamento que estén atrasados
en 3 ó más meses en sus cuotas de gastos comunes, de acuerdo a la Ley y que
serán publicados los morosos. Solicita que cualquier reclamo sea por escrito en
el libro que existe en la Conserjería, de acuerdo a eso se tomaran las medidas
y conversaciones necesarias con los involucrados (residentes, propietarios,
funcionarios, etc.), se presentará a los funcionarios el nuevo plan de trabajo
y de acuerdo a eso se les consultará si siguen o no trabajando con nosotros.
En
relación al generador, comenta que solicitó un informe siempre a un Técnico
externo, existe problemas con el equipo que funciona en forma manual y no
automática, a simple vista tiene unos cables cortados, algunos propietarios
entendidos en el tema comentan y piden que se cobren las garantías
correspondientes si existen. El profesional que reviso los equipos también
ofrece hacer mantención en portones y sala hidropac con un presupuesto más
conveniente que el anterior, se solicita tener tres presupuestos para hacerlo
más transparente.
En
este punto el Sr. Protesorero solicita que la Constructora se haga cargo de los
pagos de las mantenciones, pero la Sra. Gladys dice que eso corresponde a los
gastos comunes.
Volviendo
al tema del generador la Sra. Gladys dice que hay que hacer valer a garantía,
se agradece su moción y se queda a la espera de las consultas; toma la palabra
la Sra. Presidenta para decir que los avances van a ser muchos y vamos a ir
logrando cosas, que la perfección no existe y que en base a eso hay que seguir
pensando y buscando soluciones.
4. En
puntos varios se comenta que:
·
Existe un morador que
utiliza su estacionamiento, 59 ó 60 del subterráneo, como bodega (existen
colchones sucios en las áreas de estacionamiento). Un asistente consulta si la
Constructora hizo la entrega de los planos del Condominio, pues es ilegal como
comento en reunión la Sra. Gladys solicitarlo en forma personal, que no
corresponde, se vuelve a reiterar la necesidad de que la Constructora entregue
la información.
·
Se deben sacar las antenas
existentes en los exteriores, así como también los maceteros, todo objeto que
pueda producir algún accidente con su caída desde altura.
·
Se solicita a las personas
que realicen limpieza a sus vehículos en la zona de estacionamiento que recojan
su basura y tengan cuidado con el agua que pueda caer al subterráneo, recordar
que hay instalaciones eléctricas bajo el piso del estacionamiento superior.
·
La antena de celular
existente en la azotea de la Torre I ya tiene 5 años en ese lugar, en estos
momentos la Constructora hará traspaso de convenio a la Comunidad y los
recursos que paga la empresa Movistar, por un monto de $5.000.000.- (Cinco
millones de pesos). En este punto un asistente consulta porque en la reunión
anterior la Sra. Gladys no hizo entrega de esta información, deja en claro su
molestia al respecto y con mayor razón si existía dinero de por medio y comenta
que este tipo de artefacto provoca problemas de salud, por esta razón solicita
se realicen las averiguaciones pertinentes del tema con una evaluación y
certificación correspondiente. Se solicita una reunión extraordinaria para ver
este tema.
·
Se piden las excusas por no
tener las sillas en esta reunión, pues la sala de eventos de arrendo con
anterioridad a esta citación.
·
La Sra. Gladys pide la
palabra y aclara ante la intraversión, que considera irrespetuosa por el tema
de la antena y la poca claridad en el registro de los pagos de arriendo en la
sala de eventos que se entrego en el mes de marzo. Toma la palabra otro
asistente quien también plantea su molestia ante la desinformación del tema de
la antena por parte de la Constructora.
·
Se piden restricciones para
don Raúl Ponce en cuanto a inmiscuirse en temas de la administración de este
Condominio.
·
Para terminar, la Sra.
Presidenta solicita a la Sra. Gladys que consulte a don Raúl Ponce Gallardo
(antiguo Administrador) por pago solicitado por concepto de inspección de
gases, pues existen facturas donde aparece un cobro de $12.000.- (doce mil
pesos) por departamento y hay comprobantes de pago donde se cobró $16.660.-
(dieciséis mil seiscientos setenta pesos). Se solicita la entrega de los
talonarios de pagos de gastos comunes, documentación que existía en la oficina
de Administración, que luego fue retirada y tampoco ha sido entregada a esta
Junta de Vigilancia. La Sra. Gladys solicita copia de comprobantes a lo que una
propietaria de la Torre II le facilita los de ella.
Se finaliza esta
asamblea a las 20:23 hrs.
Salomé Mellado
Blanco
SECRETARIA
|
Jenny Moses Harris
PRESIDENTE
|
|
Oscar Concha Gómez
TESORERO
|
Ricardo Gática Oviedo
PRO TESORERO
|
|
Susana Chaparro Acuña
ADMINISTRADORA
|
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